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Beneficios en nuestros seguros de salud modulares.

Hasta el 31 de diciembre ofrecemos un descuento para grupos familiares afiliados a nuestros seguros modulares de salud. Dependiendo del número de asegurados, el descuento puede variar entre 2.5% y 10% de la prima total del seguro.

Ten en cuenta las siguientes condiciones de esta campaña:

  • Solo aplica para Medicvida Internacional, Medicvida Nacional, Multisalud y Red Preferente.
     

  • El descuento se brindará a pólizas con asegurados nuevos al sistema (no downgrade de producto ni a pólizas con continuidad de preexistencias de cualquier sistema).
     

  • El beneficio estará activo solo por la vigencia de la venta nueva.
     

  • El monto descontado se definirá por la cantidad de asegurados a la póliza: por dos asegurados habrá 2,5% de descuento; por tres, 5%; por cuatro, 7.5% y por cinco, 10%.
     

  • Cada póliza con descuento familiar deberá tener un sticker en el documento de emisión o deberás enviarla a tu ejecutivo comercial para gestionar el descuento.
     

  • Es obligatorio colocar el sticker en la esquina superior derecha de la solicitud, sin tapar ninguna información relevante.

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Categorías Noticias: Incentivos

Beneficios adicionales de nuestras herramientas digitales.

Nuestro cotizador CAR no solo agiliza y facilita tu atención a nuestros mutuos clientes. Ahora también te hacen ganar más.

Y es que lanzamos una campaña que te permitirá obtener hasta 5% de comisión adicional por cada póliza CAR emitida entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de este año.

El requisito para participar en esta campaña es muy sencillo. Solo tienes que utilizar nuestro cotizador CAR para realizar esas emisiones.

Recuerda que mediante esta herramienta de Somos Corredores puedes cotizar tres tipos de obra:

  • Obras con suma asegurada menor a US$ 10 millones.
     

  • Obras con un máximo de tres 3 sótanos.
     

  • Obras tipo 1 (edificios, casas, colegios, hospitales, etc.).

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Categorías Noticias: Incentivos

Orientación médica donde sea que la necesites.

¡Una gran noticia para nuestros mutuos clientes!

Nuestros asegurados y afiliados de seguros de salud Pacífico cuentan con una opción para cuidarse.

Se trata de SANNA \ Dr. Online, un servicio que, a través del APP de SANNA, permite recibir orientación médica en el celular mediante videollamadas por un costo de S/20. El pago se efectúa por cada consulta que origine envío de medicinas o pruebas de laboratorio, incluso por aquellas consultas derivadas del diagnóstico original.

Utilizar Dr. Online es muy fácil: solo se necesita que el asegurado descargue la aplicación de SANNA disponible en Google Play y App Store. ¡Y listo! Podrá realizar sus consultas de lunes a domingo (incluso feriados), desde las 7 de la mañana hasta las 11:30 de la noche.

Cabe indicar que este beneficio solo está orientado a atender consultas sobre problemas de salud de baja complejidad; por lo que no incluye consultas por emergencia o urgencia. Y tampoco reemplaza a una consulta médica presencial.

Si quieres conocer más sobre Dr. Online, ingresa aquí.

Contamos contigo para comunicar a nuestros mutuos clientes esta excelente noticia.

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Categorías Noticias: Novedades Pacífico

En Pacífico nos preocupamos porque nuestros socios estratégicos se mantengan actualizados con la última información sobre nuestro producto SCTR Salud. Por eso, te invitamos a revisar algunas preguntas frecuentes para conocer más sobre las adecuaciones a nuestro producto.

Información General

1. ¿Cuáles son las normas vigentes que regulan los seguros SCTR?

El SCTR está regulado por la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-97-SA; las Normas Técnicas del SCTR, aprobadas mediante Decreto Supremo N° 003-98-SA; y el Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal de Salud (Ley N° 29344), aprobado por el D.S. N° 008-2010-SA.

2. ¿Qué artículos regulan la cobertura y atención de siniestros del SCTR?

Las condiciones para la contratación y cobertura del SCTR están reguladas en el artículo 16 de las Normas Técnicas del SCTR. Asimismo, el proceso de atención de los siniestros está regulado en el artículo 17 de la misma norma.

3. ¿Qué pasa cuando se termina el vínculo contractual entre la entidad empleadora y Pacífico EPS?

De acuerdo con los artículos 16.5 y 16.8 de las Normas Técnicas del SCTR, si el contrato entre Pacífico EPS y la entidad empleadora se terminara, la cobertura del SCTR Salud para los trabajadores de esa empresa no estará a cargo de Pacífico EPS.

4. ¿Qué pasará con los tratamientos en curso de afiliados cuyo empleador finalizó su vínculo contractual con Pacífico EPS?

Tras la resolución del vínculo contractual de la entidad empleadora con Pacífico EPS, los trabajadores deberán de continuar su tratamiento en curso en EsSalud hasta por un plazo máximo de treinta (30) días. Durante ese plazo o a su término, la entidad empleadora podrá contratar el SCTR con una nueva EPS, de así definirlo. Caso contrario, las atenciones continuarán a cargo de EsSalud.

5. ¿Qué sucede si el trabajador en tratamiento tiene una carta de garantía aprobada cuando su empleador finaliza el vínculo contractual con Pacífico EPS?

Pacífico EPS trabaja para que el sistema de salud funcione mejor para todos. Por ello, el afiliado contará con cobertura hasta el límite de la carta de garantía aprobada por Pacífico EPS.

6. ¿Las empresas pueden contratar SCTR en dos o más EPS al mismo tiempo?

De acuerdo con el artículo 5 de las Normas Técnicas del SCTR, la entidad empleadora solo puede contratar una EPS por centro de trabajo. Es decir, la entidad empleadora no podrá contratar dos o más EPS al mismo tiempo.

Pacífico EPS y los nuevos clientes

1. ¿Qué solicitará Pacífico EPS para la tarificación en caso la entidad empleadora tenga trabajadores con tratamientos en curso?

Pacífico EPS solicitará de manera previa a la celebración del contrato:

  • Reporte de Siniestralidad y detalle de siniestros de los tres (3) últimos años.

  • Cartas de garantía en curso.

  • Examen médico, declaración de salud o contar con los resultados del Examen Médico Ocupacional realizado a los trabajadores.

2. ¿Qué trabajadores deberán ser declarados por la entidad empleadora?

La entidad empleadora debe declarar a todos los trabajadores respecto de los cuales quiere contratar el SCTR, incluyendo a aquellos siniestrados y/o que se encuentren en periodo de invalidez temporal.

3. ¿Qué sucederá con los tratamientos en curso no declarados por la entidad empleadora?

Si Pacífico EPS identifica atenciones ambulatorias u hospitalarias posteriores a la firma del contrato que no hayan sido declaradas y que sean vinculadas a la continuación de atenciones de un accidente de trabajo o enfermedad profesional el aporte será reajustado, procediendo a incrementar la tasa pactada a partir del mes siguiente.

Información Adicional

1. ¿Quién atenderá a los trabajadores en tratamiento si la entidad empleadora deja de existir?

Si la entidad empleadora finaliza sus funciones y no contrata el SCTR con Pacífico EPS ni con ninguna otra EPS, el trabajador podrá atenderse de manera particular o a través del SIS en hospitales del MINSA o GORE.

2. ¿La entidad empleadora puede cesar a un trabajador siniestrado y/o en condición de invalidez temporal?

De acuerdo con el artículo 18.2.4 de las Normas Técnicas del SCTR, la entidad empleadora no puede prescindir de los servicios de aquellos trabajadores que se encuentren siniestrados y/o en condición de invalidez temporal.

3. ¿Qué sucederá con los afiliados en tratamiento declarados por Recibo por Honorarios si la empresa termina su vínculo contractual con Pacífico EPS?

De acuerdo con el artículo 38 de las Normas Técnicas del SCTR, los trabajadores por recibos por honorarios u otros tendrán las mismas condiciones que los afiliados regulares. Por lo tanto, los trabajadores por recibos por honorarios podrán ser atendidos por Essalud y/o pasarán a la nueva EPS que contrate la entidad empleadora.

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Categorías Noticias: Nuevas Regulaciones

Potenciando el crecimiento profesional.

Estar al tanto de las tendencias más recientes en el mundo del gerenciamiento es un requisito indispensable para un líder moderno.

Por eso, invitamos a sesenta gerentes de Potencia, Consolidados y Corporativos a la conferencia Change Management, brindada por Miguel Bazán García, profesor del Programa de Alta Dirección (PAD) de la Universidad de Piura.

El evento formó parte del ciclo de conferencias 2019 de Campus, nuestro programa de capacitación, y se llevó a cabo en la sede del PAD de Surco.

Luego de la disertación, los corredores que asistieron a las cinco conferencias del año recibieron una certificación del PAD. Los diplomas fueron entregados por Luis Maraví, Director de Programas Corporativos del PAD, Miguel de la Torre y Pablo Márquez-Mares, gerentes comerciales de Pacífico.

Al final, los asistentes compartieron momentos de confraternidad y un brindis.

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Categorías Noticias: Comunidad