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Desde agosto, registrar a un neonato requerirá de su número de DNI.

 

En Pacífico cuidamos la tranquilidad de nuestros asegurados, incluso desde sus primeros días. Por ello, te comunicamos que, a partir del 1 de agosto, toda solicitud para incluir a un recién nacido debe registrar de manera obligatoria su número de DNI.

 

Además, si nuestro cliente desea recibir atención en clínicas y centros médicos afiliados, es indispensable que se registre con su DNI a fin de brindarle un servicio de calidad y oportuno.


¿Cómo obtener el número de DNI de un recién nacido? 
Al registrarlo en la RENIEC, se emite un Acta de Nacimiento que consigna el Código Único de Identificación, el mismo número del DNI. Para tramitar esta acta, puedes seguir los pasos de inscripción detallados aquí.
 

Como nuestro socio de negocios, te invitamos a asesorar a nuestros mutuos clientes sobre este nuevo requisito. Contamos contigo.

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Categorías Noticias: Nuevas Regulaciones

Nuevas disposiciones legales restringen atención en este centro de salud.

 

Un corredor actualizado es un cliente informado. Por ello, te comunicamos que, a partir de la fecha, la Clínica de Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN), ya no atenderá a los pacientes procedentes de una aseguradora o que cuenten con un plan de salud EPS. Sin embargo, aquellos que hayan iniciado su tratamiento en dicho centro de salud continuarán recibiendo atención hasta que este culmine.

De acuerdo a la norma de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), es nuestra obligación comunicar a nuestros clientes sobre cualquier suspensión de servicio de los prestadores. En ese sentido, como embajador de nuestra marca, te agradeceremos llevar este mensaje a nuestros mutuos clientes para evitar cualquier percance en el futuro.

 

Contamos contigo.

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Categorías Noticias: Nuevas Regulaciones

Último decreto supremo deroga la actualización de actividades que deben contar obligatoriamente con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).

Porque buscamos mantenerte informado, te comunicamos que hoy ha sido publicado el DS 002-2017-SA que modifica el DS 043-2016-SA. Es decir, una norma que deja sin efecto la actualización de las actividades obligadas según el anexo 5 del SCTR. Para visualizarla, puedes hacer clic aquí.

Así, se mantienen las actividades obligadas en el anexo del DS 003-98-SA y activas previo al DS 043-2016.

En Pacífico, queremos agradecer a nuestros corredores el interés y apoyo mostrado al brindar la información oportuna a las empresas. Quedamos a tu disposición y nos comprometemos a seguir trabajando juntos en favor de nuestros clientes mutuos.

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Categorías Noticias: Nuevas Regulaciones

Te recordamos las nuevas disposiciones legales de la Ley Nº 30381.

Reconocemos la importancia de tu trabajo y, por eso, nos preocupamos por mantenerte actualizado. En ese sentido, queremos recordarte que el 14 de diciembre del año pasado se publicó la Ley Nº 30381, que estableció:

– La nueva denominación de la unidad monetaria del Perú es el “Sol”.
– Su símbolo es “S/” (sin punto).

Luego, en el artículo 3° de su Circular No. 047-2015-BCRP, el Banco Central de Reserva del Perú estableció que, durante el 2016, se podría emplear, por igual, las denominaciones y símbolos del “Nuevo Sol” (S/.) y el “Sol” (S/) en documentos, transacciones, facturas, recibos y similares.

Sin embargo, a partir del 1 de enero del 2017, todo documento comercial emitido y recibido por las compañías deberá consignar solo la nueva denominación: el “Sol” y su símbolo “S/”.

Agradeceremos que puedas aplicar esta nueva denominación de unidad monetaria para todos los documentos comerciales y, así, evitar su devolución y demora en los procesos en los que intervenimos.

Esa sencilla acción ayudará a garantizar un mejor servicio para nuestros clientes en común.

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El reglamento es fundamental para afrontar las amenazas derivadas de un fenómeno natural.

La Resolución Nº 1305-2005 resuelve:

Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento para la Constitución de la Reserva de Riesgos Catastróficos y de Siniestralidad Incierta que forma parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Derogar la Resolución SBS N° 0829-2000 del 16 de noviembre de 2000. La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

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