Con el objetivo de mantenerte siempre informado, ponemos a tu disposición los lineamientos a tomar en cuenta para los seguros Vida Ley y SCTR durante el periodo de emergencia nacional y aislamiento social obligatorio.
Seguro Vida Ley
En tanto se mantenga el vínculo laboral, es obligación del contratante declarar las planillas de la totalidad de sus trabajadores. Esta obligatoriedad también alcanza los casos en que se haya hecho efectivos los acuerdos de licencia (con o sin goce) incluyendo la suspensión perfecta de labores. En las modalidades de licencia o suspensión perfecta de labores, el empleador deberá declarar las planillas (considerando la última remuneración percibida) y hacer el pago de las primas, debido a que en este seguro la obligatoriedad solo se pierde al cese de la relación laboral.
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
Recuerda que, en este seguro cuando se trata de cobertura por accidente de trabajo, normalmente el periodo de no exposición al ambiente de riesgo influye en el nivel de dicho riesgo. Sin embargo, en el supuesto de cobertura por enfermedad ocupacional, esta no es afectada por el referido periodo de exposición. Por tal razón, la fecha de configuración no necesariamente está relacionada a un evento específico.
En ese contexto tenemos las siguientes casuísticas y cursos de acción:
Pacífico Seguros
Trabajadores que realizan labores en las actividades calificadas como esenciales en la norma que decretó el estado de emergencia nacional y normas modificatorias:
Se debe mantener las declaraciones de planillas y pago de la prima.
Trabajadores con licencia con goce en la que se haya establecido periodos de recuperación:
Se debe mantener la declaración de planillas y pago de las primas considerando que, aun cuando se reduce la exposición en el periodo de licencia, luego de esta, la exposición aumentará sin que lo sueldos -en el periodo de recuperación- signifique mayores primas por el aumento de dicha exposición.
Trabajadores con licencia con goce no recuperables y suspensión perfecta de labores:
Este personal continúa con la cobertura por enfermedad ocupacional en el SCTR, por lo que consideramos que la declaración por el personal que regularmente era declarado debiera continuar.
Pacífico EPS
Trabajadores que realizan labores en las actividades calificadas como esenciales en la norma que decretó el estado de emergencia nacional y normas modificatorias:
Se debe mantener las declaraciones de planillas y pago de la prima.
Trabajadores con licencia con goce en la que se haya establecido periodos de recuperación:
Se debe mantener la declaración de planillas y pago de las primas considerando que, aun cuando se reduce la exposición en el periodo de licencia, luego de esta, la exposición aumentará sin que lo sueldos - en el periodo de recuperación- signifique mayores primas por el aumento de dicha exposición.
Trabajadores con licencia con goce no recuperables y suspensión perfecta de labores:
Al tratarse de una suspensión imperfecta no recuperable y suspensión perfecta de labores, se podría mantener o no la declaración de planillas y pago de la prima por estos trabajadores, bajo los siguientes escenarios:
1. Se trata de una suspensión de labores, donde la regla general sería la no declaración de planillas.
2. Es posible que la Entidad Empleadora y/o el trabajador asuman el financiamiento, previo acuerdo con la IAFAS, en cuyo caso correspondería proceder con declaración de planillas.
Por último, somos conscientes de las dificultades que están atravesando nuestros clientes. Por eso, reafirmamos nuestra disposición de brindarles apoyo y asesoría para no generar contingencias futuras. En ese sentido, y considerando esta coyuntura, recuerda que ya hemos ampliados los plazos para renovar y pagar los seguros con el objetivo de que nuestros clientes mantengan una protección adecuada.